El régimen económico matrimonial es un pacto o contrato jurídico por el cual se establece y regula el tipo de relación económica que regirá el matrimonio. Aunque existen varias fórmulas, las más comunes son el régimen de bienes gananciales y el de separación de bienes.
En España se aplica con caracter general y por defecto el régimen de gananciales, excepto en Cataluña, Aragón, Baleares, País Vasco y Navarra. Puede modificarse antes y durante el matrimonio mediante las Capitulaciones Matrimoniales (se inscriben en el Registro Civil)
En cualquier caso, no está de más que consultéis las posibilidades con un abogado para decidir cuál es la modalidad que más os conviene. Tened en cuenta que a la hora de inscribir vuestro matrimonio debéis aportar el documento que indique el régimen al cual os acogéis.