En el caso de la boda religiosa, los novios deben ir al despacho parroquial de la iglesia en la que se quieren casar y pedir fecha. Tanto el novio como la novia necesitan para casarse la Fe de Bautismo (o partida de bautismo), que se debe pedir con una antelación inferior a 3 meses ya que caduca, y el expediente matrimonial que se deben solicitar en la parroquia de la localidad de la que proviene cada uno de los futuros esposos.
También es necesario el certificado de nacimiento, facilitado por el registro civil de la provincia donde cada uno de los novios haya nacido. Además, son necesarios el certificado de soltería, si te vas a casar en una diócesis distinta a la que estás empadronado/a y el certificado de los cursillos prematrimoniales.
Dichos documentos se deben llevar a la iglesia donde se celebrará la ceremonia para que desde allí, una vez celebrada la boda y habiendo firmado los testigos, se envíen al registro civil y así la pareja quede inscrita oficialmente como matrimonio. Para una boda religiosa es necesario al menos un testigo por cada parte contrayente.
En el caso de la boda civil, se tiene que pedir cita previamente para que un juez o el alcalde case a los novios. Los documentos necesarios para un matrimonio civil son:
- Las fotocopias del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia
- El certificado literal de nacimiento actualizado, expedido por el registro civil del lugar de nacimiento
- El certificado de residencia, que se obtiene en el ayuntamiento de la población donde se ha residido durante los dos últimos años
- El certificado de nacionalidad
- El certificado de soltería, que es una declaración jurada del estado civil que te facilita el juzgado,
- Rellenar la instancia del Registro Civil
- Una autorización del tribunal para los menores de 18 años.
Estos documentos deben presentarse en papel sellado y tienen una validez de 6 meses. Una vez se ha tramitado la documentación, en el ayuntamiento se publicarán las amonestaciones durante tres semanas consecutivas. Después de estas tres semanas, los novios con el certificado de que las amonestaciones han sido publicadas, se presentan en el ayuntamiento con dos testimonios para firmar el acuerdo.
La ceremonia civil se puede celebrar en los salones del Ayuntamiento, en las sedes de los distritos municipales o en el registro civil, tiene una duración de aproximadamente 15 minutos y la preside un juez junto con un secretario. El juez lee en voz alta el nombre de los contrayentes y el de los testigos y recuerda los deberes y derechos de los que se casan. También lee los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil, y se pide a la pareja que hagan un compromiso. El intercambio de anillos se puede hacer, pero no es obligatorio. Después, firman el registro con dos testigos. Finalmente el juez les entrega el libro de familia.